Día de la Justicia Gratuita y del Turno de Oficio, organizado por el Colegio de Abogados de Oviedo que celebra su 250º aniversario
Intervención del teniente de Alcaldía y concejal de Desarrollo Urbano y Económico, Manuel Campa, en el acto de conmemoración del Día de la Justicia Gratuita y del Turno de Oficio, organizado por el Colegio de Abogados de Oviedo en su 250º aniversario
Salón de Recepciones del Ayuntamiento
Avilés, 11 de julio de 2025
Buenos días.
Quiero daros la bienvenida al Ayuntamiento de Avilés y agradecer que hayáis elegido nuestra ciudad para un acto que pone en valor algo tan fundamental como el derecho a la justicia. Y más aún, a una justicia gratuita, cercana y al alcance de todos, que es la que celebramos hoy.
Hoy se celebra el Día de la Justicia Gratuita y del Turno de Oficio, y lo hacemos con el mayor respeto y reconocimiento hacia quienes hacen posible este derecho en el día a día: los abogados y abogadas que formáis parte del Turno de Oficio.
Vuestra labor, en muchas ocasiones silenciosa, es de una importancia enorme. Estar disponibles 24 horas, todos los días del año, para defender a quien más lo necesita, no es solo una responsabilidad legal: es, sobre todo, un acto de compromiso cívico.
Gracias por estar ahí cuando una persona no tiene recursos, cuando se enfrenta a un proceso judicial que no comprende, cuando lo ha perdido todo o simplemente no sabe a dónde acudir.
Porque eso es lo que representa la justicia gratuita: que nadie, por su situación económica o social, quede fuera del sistema de garantías que nos hemos dado como sociedad. Es una herramienta poderosa para la igualdad real, y una pieza clave del Estado de Derecho.
Y también quiero aprovechar para agradecer al Gobierno del Principado, y en especial al consejero, a Guillermo, y a la viceconsejera de Justicia, Encarnación, que hoy nos acompañan, su implicación en esta causa. Sabemos que los recursos públicos no son infinitos, pero hay áreas que no pueden esperar, que deben seguir mejorando, y esta es sin duda una de ellas. Ayer se hacían anuncios importantes como el de la ampliación de la justicia gratuita a todos los casos de agresión sexual con independencia de su renta. Un trabajo que, además, en Avilés, en la Casa de las Mujeres, se viene realizando desde hace muchos años.
Hoy no es solo un día para celebrar. Es también un día para recordar que la justicia gratuita no es un favor: es un derecho constitucional. Y que detrás de ese derecho hay personas que lo sostienen con su tiempo, su conocimiento y su compromiso.
Gracias.
MANIFIESTO EN DEFENSA DE LA JUSTICIA GRATUITA Y EL TURNO DE OFICIO
POR LA DIGNIDAD DE QUIENES SOSTIENEN CADA DÍA LA JUSTICIA GRATUITA, PILAR DE NUESTRO ESTADO DE DERECHO
1.- Cada día, miles de profesionales prestan un servicio público esencial. Su labor sostiene el Estado de Derecho y garantiza el acceso a la justicia de quienes más lo necesitan. Hoy, 12 de julio, celebramos su entrega, su compromiso y el orgullo que representa la Abogacía de Oficio.
2.- La Justicia Gratuita y el Turno de Oficio son hoy más necesarios que nunca. Las solicitudes aumentan, al igual que la confianza y la satisfacción de la ciudadanía hacia este servicio público. Somos el camino que permite a miles de personas ejercer sus derechos cuando más lo necesitan.
3.- La Abogacía de Oficio es mucho más que asistencia legal: es acompañamiento, es protección, es dignidad. Especialmente para víctimas de violencia de género, menores, personas con discapacidad o para quienes se enfrentan al sistema sin recursos ni apoyo. Cada actuación que realizamos deja huella. Cada palabra de agradecimiento es un motivo para seguir.
4.- Nuestro compromiso con una sociedad más justa e igualitaria es el fundamento de nuestro trabajo. Detrás de cada solicitud de Justicia Gratuita hay una historia de vulnerabilidad, de lucha y de esperanza. La Abogacía de Oficio no solo ofrece defensa legal: brinda voz a quienes no la tienen, abre puertas que de otro modo estarían cerradas, y garantiza que la justicia no sea un privilegio, sino un derecho real para todas las personas. Somos, en muchas ocasiones, el último apoyo, la última salida. Porque cuando la justicia llega a quienes más la necesitan, toda la sociedad avanza.
5.- No podemos seguir esperando. La nueva Ley de Justicia Gratuita es necesaria y trabajamos sin descanso para que vea la luz, pero las mejoras urgentes deben acordarse ya. Apostamos decididamente por una gran Ley, consensuada entre la Abogacía y las fuerzas políticas, pero no podemos sacrificar el presente esperando un futuro incierto.
6.- La ciudadanía necesita más asistencia jurídica. Urge ampliar los servicios de guardia y crear nuevos Turnos especializados —como el de infancia y adolescencia—. Las administraciones deben dar un paso firme hacia la dignificación real del Turno de Oficio, dotándole de más medios y recursos.
7.- Hoy, Día de la Justicia Gratuita y del Turno de Oficio, alzamos la voz por la dignidad de quienes sostienen este servicio público esencial. Reclamamos medidas inmediatas y concretas que reconozcan el valor de la Abogacía de Oficio. Un servicio que es orgullo de nuestra profesión, de nuestros Colegios y de nuestra democracia.
INTERVENCIÓN DEL SR. DECANO
DIGNÍSIMAS AUTORIDADES
QUERIDOS COMPAÑEROS, QUERIDAS COMPAÑERAS
En tiempos de tan atribulada confusión como los que vivimos, se hace necesario encontrar un momento para la reflexión serena desde la que compartir algunas consideraciones.
Del primer curso de mi licenciatura en Derecho, recuerdo cómo mi profesor de la asignatura que todavía entonces se denominada Derecho Político nos explicaba el carácter redundante de la expresión Estado de Derecho.
El Estado, decía don Joaquín Varela, no es otra cosa que la forma jurídica de la que se reviste una comunidad política que llamamos nación para ordenar la convivencia entre los ciudadanos, por eso hablar de Estado de Derecho es un pleonasmo, porque el Estado y el Derecho no son cosas distintas.
En este orden de ideas, cualquier comunidad política dotada de una construcción jurídica reguladora de la vida en común es un Estado de Derecho.
También las dictaduras son Estados de Derecho en la medida en que están dotadas de un ordenamiento jurídico que disciplina la vida de una comunidad nacional.
Lo que singulariza nuestro Estado de Derecho es uno de los adjetivos que se contienen en el primero de los apartados del artículo 1 de nuestra Constitución: su carácter democrático, no requerido de ninguna precisión adicional.
Quiero decir, por poner dos ejemplos diversos, que la España franquista se autodefinía como democracia orgánica y no era sino una dictadura militar; lo mismo que la vieja República Democrática Alemana nada tenía de democrática y sí de régimen férrea y tiránicamente comunista.
La arquitectura jurídica que define la España de nuestro tiempo tiene, por lo tanto, su cimiento más firme en que es el resultado de un proceso democrático puro, no adjetivado, que no se agotó en la aprobación de la Constitución de 1978, sino que evoluciona continuamente a través de las reglas que se aprueban democráticamente por distintas instituciones con capacidad normativa, todas ellas integradas por personas elegidas mediante sufragio universal, libre, directo y secreto, en procesos electivos en los que todos los españoles mayores de edad pueden participar sin distinción y sin discriminación de ninguna clase.
Una de las claves de la naturaleza democrática de nuestro Estado de Derecho es, precisamente, la consagración del derecho de defensa con el carácter de fundamental.
El artículo 24.1 de nuestra Constitución (que integra lo que algunos autores denominan el bloque de la constitucionalidad en la medida en que forma parte de la sección 1ª del Capítulo II de nuestra norma fundamental, cuya modificación se asimila en cuanto a sus requisitos a la de la reforma íntegra de la Constitución) proclama que Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión; y para que ese derecho no quede reducido a una simple proclama sin contenido real el apartado segundo del mismo precepto establece que para la efectividad de esa prerrogativa se garantiza el derecho a la defensa y a la asistencia de letrado.
Esta previsión no puede desvincularse de la contenida en el artículo 119 de la misma norma: La justicia será gratuita cuando así lo disponga la Ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar.
La Abogacía se convierte, por mor de estos preceptos constitucionales, en un colaborador imprescindible en la efectividad del carácter democrático del Estado de Derecho.
Porque tan democrático es que el ordenamiento jurídico esté conformado por normas aprobadas por instituciones elegidas democráticamente, como que los ciudadanos puedan dirigirse a los Tribunales de Justicia con la seguridad de que contarán con asistencia letrada y aquéllos resolverán las controversias sometidas a su consideración ateniéndose al sistema de fuentes establecido, como recuerda el artículo 1.7 del Código Civil.
Yo quiero, en un día como el de hoy en el que se celebra la justicia gratuita, reivindicar el papel, muchas veces heroico, de los Abogados que colaboran
2
en la prestación de un servicio, del que el Estado es garante, que consiste en asegurar el derecho de defensa a quien carezca de recursos para litigar.
Se trata de un colectivo, el de los Abogados de oficio, que, en los últimos tiempos y con toda justicia, reclama una mejora sustancial en sus condiciones de trabajo, desde el aumento de las retribuciones que perciben, hasta el reconocimiento de su derecho a la desconexión digital y a la conciliación de la vida personal y familiar.
No puedo negar que en los últimos meses se han producido avances significativos en nuestra comunidad autónoma, como tampoco puedo desconocer la permanente atención que prestan a la justicia gratuita nuestros dirigentes políticos. Me refiero, por ejemplo, al recentísimo compromiso de retribuir la intervención de los Abogados de oficio en los novedosos medios alternativos de solución de conflictos.
Y digo alternativos porque no comparto la idea ínsita en el discurso de quienes hablan de medios adecuados (en lugar de alternativos) de solución de conflictos, porque tan adecuada es la solución extrajudicial de una disputa, como la respuesta judicial a su enjuiciamiento.
Los comúnmente denominados MASC, en expresión acrónima, configurados como un requisito de procedibilidad procesal, no son sólo medios adecuados, que lo son, sino genuinamente alternativos a la decisión judicial.
En cualquier caso, no puedo evitar cierta melancolía al considerar cómo las últimas reformas legislativas no se orientan a dotar de más medios a la administración de justicia, sino a tratar de alejar de ella el mayor número de asuntos posible.
Queda, sin duda, mucho camino por recorrer, pero estoy seguro de que con tesón y buena voluntad seremos capaces de alcanzar soluciones a las preocupaciones más recientes, como la derivada de la comarcalización de algunos partidos judiciales en materia de violencia de género.
Sin duda, el propósito que anima al legislador, inspirado en el criterio de la especialización, es bueno y perfectamente compartible, aun cuando la regulación legislativa, con sus potenciales consecuencias en materia de organización del turno de oficio, pueda parecer precipitada y haya originado algunas dudas y suscitado alguna controversia.
Desde luego, nada más alejado del ánimo del Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo que generar confusión, crear alarma o desanimar a las posibles víctimas de una de las peores lacras que asolan a nuestra sociedad de que denuncien cualquier episodio de violencia, por leve que parezca.
3
Digo públicamente que ni una sola mujer debe soportar en España vejación alguna por el hecho de serlo y, en este sentido, creo que todo el sistema formativo debe hacer un esfuerzo especial por imprimir en nuestros educandos la idea de la radical igualdad entre hombres y mujeres, que debe expresarse en el respeto más absoluto a la libertad de todos, muy especialmente, a la libertad de las mujeres.
La Constitución también garantiza en su artículo 14, con el mismo carácter fundamental del que está investido el derecho de defensa, la igualdad y no discriminación por razón de sexo y, en este sentido, la Abogacía está comprometida de un modo profundo con todas las normas que proscriben cualquier manifestación de violencia asentada en la diferencia entre hombres y mujeres.
También públicamente digo que toda mujer, de cualquiera de los partidos judiciales de Asturias (y pienso de una manera especial en los que han sido objeto de reciente comarcalización) debe activar su derecho sin restricciones ni cortapisas y, para ello, estoy convencido de que la administración pondrá a su disposición cuantos medios sean necesarios, singularmente los telemáticos, por los que apuesta la nueva legislación.
Sólo el tiempo dirá si la apuesta por la digitalización es en este ámbito eficaz o no lo es, pero mientras la norma la imponga, la Abogacía la respetará de un modo absoluto.
Agradezco, de todo corazón, al Ayuntamiento de Avilés, su colaboración en la celebración en su sede del día de la justicia gratuita del año 2025.
(Sra. Alcaldesa), Sr. Consejero de Hacienda y Asuntos Europeos, Sra. Viceconsejera de Justicia, restantes autoridades civiles, policiales y judiciales, también representantes políticos y compañeros Abogados: Muchas gracias por su presencia y por la vocación de servicio que anida en cada uno de Ustedes, sin la cual tampoco sería posible reconocer a España el carácter democrático de un Estado de Derecho a cuya grandeza todos debemos contribuir y con cuya preservación todos debemos estar comprometidos.
Reciban todos un fuerte abrazo en nombre de unaAbogacía a la que trato de representar con tanta humildad como firmeza.
LES DESEO A USTEDES Y A SUS FAMILIAS LO MISMO QUE DESEO PARA LA MÍA Y PARA MI: QUE ALCANCEN PLENAMENTE ESE DERECHO CUYA BÚSQUEDA RECONOCE A SUS CIUDADANOS LA CONSTITUCIÓN NORTEAMERICANA: LA FELICIDAD
MUCHAS GRACIAS TAMBIÉN POR LA AMABILIDAD DE ESCUCHARME
No hay comentarios:
Publicar un comentario